El 21 de diciembre de 2016 será un día recordado gratamente por muchos ciudadanos con hipoteca, porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia de extraordinaria importancia, en relación a las cláusulas suelo de las hipotecas: los bancos tendrán que devolver a los ciudadanos la totalidad de lo que percibieron gracias a las llamadas cláusulas suelo, sin límite de tiempo.

Hay que recordar que en mayo de 2013, el Tribunal Supremo español ya dictó una sentencia declarando que las cláusulas suelo de las hipotecas eran abusivas y por consiguiente, podían ser declaradas nulas, de tal forma que todos los importes percibidos por los bancos como consecuencia de dichas clausulas suelo estarían indebidamente cobradas y habría que devolverlas, pero con una particularidad: dicha decisión no se habría de aplicar con carácter retroactivo, es decir, que solo se habrían de devolver las cantidades indebidamente cobradas a partir de dicha sentencia, lo que dejaba fuera todo lo anterior a mayo de 2013.

La sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es importante, porque ha corregido lo dicho por el Tribunal Supremo en el sentido de eliminar el límite temporal, de tal forma que se deberán devolver todas las cantidades indebidamente cobradas, con carácter retroactivo.
La cláusula suelo que aparece en algunas hipotecas supone que se fija en el propio contrato hipotecario un mínimo a pagar en las cuotas hipotecarias, aunque los intereses ordinarios pactados con el banco lleguen a estar por debajo. Cuando se pactaron las clausulas suelo y se fijaron a intereses muy bajos, nadie podía imaginar que los intereses ordinarios iban a bajar tanto, que llegarían a rozar el 0%, hasta el punto de quedar por debajo de los pactados en las cláusulas suelo. El resultado es que, cuando los intereses han bajado, los ciudadanos que tienen pactada una cláusula suelo, terminan pagando más de lo que pagarían si no la hubiesen tenido. Por esa razón, el Tribunal Supremo las declaró abusivas, y por consiguiente susceptibles de ser declaradas nulas.

Los afectados por las clausulas suelo pueden recuperar su dinero

Ahora, gracias a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los ciudadanos a los que se les incluyó una cláusula suelo en sus hipotecas, podrán reclamar todas las cantidades indebidamente cobradas por los bancos como consecuencia de la aplicación de dichas cláusulas, y sin límite temporal, aplicando la sentencia con carácter retroactivo, hasta el día en que se firmó la escritura de hipoteca.

Pero ¿de qué cantidades estamos hablando? Dependerá de cada caso, y habrá que hacer números. Pero en definitiva, se trata de calcular la diferencia entre lo efectivamente pagado, y lo que debería de haber pagado si no hubiese tenido una cláusula suelo y la cuota hipotecaria se habría reducido con arreglo al interés ordinario real. Si tenemos en cuenta que durante los últimos cuatro o cinco años los intereses reales han estado siempre por debajo de los intereses que se solían pactar en dichas cláusulas suelo, habrá que sumar todos los diferenciales mensuales de esos últimos años, entre la cuota mensual realmente pagada, y la que hubiera resultado a un interés mucho mas bajo sin cláusula suelo. Según los casos, el importe a devolver a cada ciudadano puede oscilar entre 5.000 y 15.000 €. Y hay que tener en cuenta que en España hay cerca de dos millones de familias con hipotecas con cláusulas suelo.

Se abre ahora un camino, en el que todos esos ciudadanos pueden reclamar a sus bancos la devolución de dichos importes.

Si tienes una hipoteca con cláusula suelo, llámanos. Podemos ayudarte a recuperar los importes que el banco te ha cobrado indebidamente.

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